Mediación Familiar

 

La familia es una institución donde se dan interacciones continuas entre sus miembros y también con el entorno.

Generalmente cada familia adopta un funcionamiento establecido a base de normas y funciones que asumen sus miembros. Suelen tener estructura jerárquica y roles definidos que les dan su identidad. Sin embargo, al igual que los miembros que la componen, la familia también evoluciona. El proceso de adaptación a los cambios y las limitaciones a la hora de afrontar situaciones vitales estresantes, pueden marcar el inicio de una oleada de conflictos.

En España es en las últimas décadas cuando ha empezado a cobrar fuerza la mediación y se ha empezado a considerar como alternativa eficaz frente al proceso judicial. En la Comunidad de Madrid se rigen por la Ley 5/2012 de 6 de julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles

Se habla de mediación familiar cuando los conflictos que se tratan durante el proceso afectan a personas de una misma familia. Las situaciones más habituales son las desavenencias paterno filiares y las separaciones o divorcios.

La mediación no pretende simplificar el divorcio, ni aspira a evitar todo el sufrimiento que comporta una ruptura familiar. Pero sí puede reducir el sentimiento de pérdida, ayudando a las familias a reorganizar sus vidas y reestructurar su relación, logrando que los implicados en ella miren más hacia adelante que hacia atrás. (Parkinson, L. 1988).

 

La mediación en separación o divorcio no es ni práctica jurídica ni terapia, sino un “espacio contenedor transitorio que puede humanizar el divorcio y limitar los efectos negativos que aquel puede tener sobre todos los que participan en él, especialmente los hijos e hijas”. (Martiniêre, M..T y otros 1989).

Al ser todavía algo novedoso, las familias que acuden a mediar a veces tienen la idea de que acuden a terapia familiar, a un servicio de orientación o incluso a consultar con un asesor judicial. Generalmente confunden la mediación con la terapia.

Las circunstancias que les lleva a mediar son diversas:

  • Parejas que intentan reconducir alguna situación que dificulta la convivencia o situaciones de crisis (entre ellos, con los hijos o con los mayores).
  • Parejas casadas para formalizar el convenio regulador. Si se ha iniciado un proceso judicial para la separación o divorcio éste debe suspenderse hasta que finalice la mediación.
  • Hermanos para resolver desavenencias con el reparto de bienes y herencias.
  • Parejas tras una separación o divorcio en busca de acuerdos que se puedan cumplir, porque existe incumplimiento de los términos acordados en convenios reguladores aprobados por resolución judicial.
  • Parejas que tras una separación o divorcio varían las circunstancias personales de uno, de ambos o de los hijos y buscan establecer nuevas pautas de actuación.
  • Parejas que ya no conviven pero necesitan decidir cuestiones relacionadas con la evolución de los hijos sobre todo del campo académico (actividades extraescolares, becas de movilidad, tiempo de ocio, etc)
  • Familias con hijos adoptados que pretenden iniciar la búsqueda de sus orígenes o averiguar si tienen hermanos.
  • Familias con algún miembro dependiente o con alguna discapacidad, que precisan reorganizarse.
  • Parientes que gestionan un negocio familiar.

 

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